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Corte Suprema

BUSTAMANTE LUIS MIGUEL c/ ANSES s/EJECUCION PREVISIONAL

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró parcialmente procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por la ANSES en una ejecución previsional, revocando las sentencias apeladas. Resolvió remitir a los precedentes Delfino y Echevarría para fijar la tasa de interés aplicable a las deudas previsionales consolidadas por las leyes 23.982, 24.130 y 25.344.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 009364/1997/CS001
Ejecucion previsional Anses Tasa de interes Deudas previsionales consolidadas Leyes 23.982 y 24.130 Ley 25.344 Ley 26.546 Accesorios Recurso extraordinario Seguridad social

¿Quién es el actor?

Luis Miguel Bustamante, Cesar Alfredo Toledo, Alfredo Panaino y Nilda Esther Gonard (beneficiarios previsionales).

¿A quién se demanda?

ANSES.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución de deudas previsionales consolidadas por las leyes 23.982, 24.130 y 25.344.

¿Qué se resolvió?

se declaran parcialmente procedentes los recursos extraordinarios de la ANSES y se revocan las sentencias apeladas, con el alcance indicado en los precedentes "Delfino" y "Echevarría". Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

los agravios de la ANSES referidos a la tasa de interés aplicable suscitan cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas en "Delfino, María c/ ANSES s/ ejecución previsional" (2 de septiembre de 2014), a cuyas consideraciones se remite por razón de brevedad. Los planteos sobre accesorios de las deudas consolidadas por la ley 25.344, pagaderas en efectivo a partir de la ley 26.546, encuentran respuesta en "Echevarría, Olga Beatriz c/ ANSES s/ ejecución previsional" (21 de febrero de 2013), conforme al punto IV del dictamen de la Procuradora Fiscal, al que remitió la Corte en ese precedente.

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