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Corte Suprema

FERREYRA DORA MERCEDES c/ MAPFRE ARGENTINA ART SA s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios interpuestos en litigios por accidentes de trabajo contra aseguradoras de riesgos del trabajo y dejó sin efecto las sentencias apeladas. Remitió a lo resuelto en Espósito sobre la aplicación de la ley 26.773 para fijar los montos resarcitorios por incapacidades laborales.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 011784/2014/CS001
Recurso extraordinario Accidente de trabajo Ley especial Ley 26.773 Riesgos del trabajo Aseguradora de riesgos del trabajo Incapacidad laboral Montos resarcitorios Precedente esposito Descalificacion de sentencia

¿Quién es el actor?

Dora Mercedes Ferreyra (y otros actores acumulados: Juan Carlos Mareco, Roberto Ramón Bordón, Federico Sebastián Lima).

¿A quién se demanda?

Mapfre Argentina ART S.A., Asociart S.A. Aseguradora de Riesgos del Trabajo, Provincia ART S.A. (según la acumulación de causas).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnizaciones derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, reclamadas bajo el régimen de la ley especial (Ley de Riesgos del Trabajo).

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias recurridas y ordenó que, por quien corresponda, se dicten nuevos pronunciamientos, con costas. La decisión se fundó en que los cuestionamientos vinculados a la aplicación de la ley 26.773 para fijar los montos resarcitorios encuentran respuesta en el precedente "Espósito" (Fallos: 339:781), cuyos fundamentos se remiten por razones de brevedad. Como consecuencia, se descalificaron los fallos y se volvió innecesario tratar las demás cuestiones planteadas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los cuestionamientos de la apelante vinculados con la aplicación de la ley 26.773 a los efectos de fijar los montos resarcitorios por incapacidades laborales, encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en 'Espósito' (Fallos: 339:781), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en lo pertinente en razón de brevedad."

"En consecuencia, corresponde descalificar los fallos recurridos, lo que torna inoficioso el tratamiento de las demás cuestiones traídas a conocimiento del Tribunal."

"Por ello, se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se dejan sin efecto las sentencias apeladas con el alcance indicado. Con costas."

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