Recurso Queja Nº 1 - HAEDO LILIANA EDITH c/ ESTADO NACIONAL-MRIO. DE JUSTICIA Y DDHH s/APEL.DE RES.DENEGAT.DEL REGISTRO PROP.AUTOM.
La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por el Estado Nacional y declaró procedente el recurso extraordinario contra la resolución que denegó el registro de la propiedad automotor. Dejó sin efecto la sentencia apelada y devolvió la causa al tribunal de origen para que dicte nuevo pronunciamiento conforme al dictamen de la Procuradora Fiscal, al que el Tribunal adhirió.
¿Quién es el actor?
Liliana Edith Haedo.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso contra la resolución que denegó el registro de la propiedad automotor (apelación de resolución denegatoria del registro propiedad automotor).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario federal y se dejó sin efecto la sentencia apelada. Las costas se imponen en el orden causado según lo que surge del texto ("Con costas"). Se devuelven los autos al tribunal de origen para nuevo pronunciamiento. Se exime a la recurrente del depósito del art. 286 CPCCN, diferido según Acordada 47/91.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que el Tribunal comparte los fundamentos del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, a cuyos términos cabe remitirse por razones de brevedad." (El dictamen completo no se encuentra en el fragmento analizado, por lo que no es posible transcribir sus argumentos de fondo.)
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Leyes que cita
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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