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Corte Suprema

CEBALLOS, ANTONIA JACINTA c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/ORDINARIO

La Corte Suprema declaró parcialmente procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por el Estado Nacional en el reclamo de una empleada del Ministerio de Defensa por diferencias en compensaciones y suplementos. Dejó sin efecto las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, remitiendo a precedentes sobre los incrementos del decreto 2769/93 y declarando inadmisibles los restantes cuestionamientos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FPA 022000519/2011/CS001
Compensaciones Suplementos Decreto 2769/93 Ministerio de defensa Recurso extraordinario Empleo publico Haberes Remision a precedentes Art. 280 cpccn Bovari de diaz Villegas Osiris

¿Quién es el actor?

Antonia Jacinta Ceballos (y, en los autos acumulados, Miguel Ángel Muñoz y otros).

¿A quién se demanda?

Ministerio de Defensa / Estado Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo ordinario vinculado a los incrementos de las compensaciones y suplementos establecidos en el decreto 2769/93.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró parcialmente procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con el alcance indicado, ordenando que el tribunal de origen dicte un nuevo fallo conforme a lo resuelto. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios expuestos por la demandada respecto de los incrementos de las compensaciones y los suplementos establecidos en el decreto 2769/93 encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por esta Corte en las causas 'Bovari de Diaz' y 'Villegas, Osiris' (Fallos: 323:1048 y 1061, respectivamente), a cuyos fundamentos corresponde remitir en lo pertinente."

"En lo que se refiere a los restantes cuestionamientos, los recursos extraordinarios son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

"Por ello, se resuelve declarar parcialmente procedentes los recursos extraordinarios y dejar sin efecto las sentencias apeladas, en lo que fue materia de agravio, con el alcance indicado."

Normas que cita

  • Decreto 2769
  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Bovari de DiazCSJN · Fallos 323:1048
  • Muñoz, Miguel Ángel y otros c/ Ministerio de Defensa - Estado Nacional s/ ordinarioCSJN

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