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Corte Suprema

LIENDRO, ROBERTO CRISTIAN Y OTROS C/ E.N.A. Y OTROS

El Estado Nacional interpuso recurso extraordinario contra la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza en una demanda por adicionales transitorios de empleados públicos. La Corte Suprema declaró procedente el recurso, dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo fallo, remitiendo en lo pertinente a los precedentes Bovari de Díaz y Villegas, Osiris.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FMZ 023046291/2010/CS001
Recurso extraordinario Contencioso administrativo Adicionales transitorios Empleo publico Decretos 1104/05 y siguientes Remision a precedentes Bovari de diaz Villegas Osiris Admisibilidad (art. 280 cpccn) Estado nacional

¿Quién es el actor?

Roberto Cristian Liendro y otros.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (E.N.A.) y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo en el marco de un proceso contencioso administrativo vinculado a adicionales transitorios creados por el art. 5° de los decretos 1104/05, 1246/05, 1126/06, 861/07, 884/08 y 752/09.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional, dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó que, por quien corresponda, se dicte un nuevo fallo con arreglo a lo resuelto. Las costas se impusieron por su orden en atención a la naturaleza de la cuestión debatida. Los cuestionamientos del Estado relativos a los adicionales transitorios fueron declarados inadmisibles (art. 280 CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios expuestos por la demandada encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por este Tribunal en las causas 'Bovari de Díaz' y 'Villegas, Osiris' (publicados en Fallos: 323:1048 y 323:1061, respectivamente), a cuyos fundamentos -en lo pertinente- corresponde remitir en razón de brevedad." Asimismo, se señala: "En cambio, los cuestionamientos del Estado Nacional relativos a los adicionales transitorios creados por el art. 5° de los decretos 1104/05, 1246/05, 1126/06, 861/07, 884/08 y 752/09 son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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