Recurso Queja Nº 2 - ALEGRE, ABEL MARCELO c/ ASOCIART ASEGURADORA DE RIESGO DE TRABAJO S.A s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por Asociart S.A. Aseguradora de Riesgos del Trabajo en un reclamo por accidente de trabajo y declaró procedente el recurso extraordinario. Dejó sin efecto la sentencia que había aplicado la ley 26.773 para fijar las indemnizaciones por incapacidad, remitiendo a la doctrina sentada en Espósito.
¿Quién es el actor?
Abel Marcelo Alegre.
¿A quién se demanda?
Asociart Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reparación por incapacidad laboral derivada de accidente de trabajo (ley especial 24.557), con cuestionamientos sobre el cálculo de los montos resarcitorios conforme a la ley 26.773.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada, devolviendo los autos para nuevo pronunciamiento conforme al presente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los cuestionamientos de la apelante vinculados con la aplicación de la ley 26.773 a los efectos de fijar los montos resarcitorios por incapacidad laboral, encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte in re 'Espósito' (Fallos: 339:781), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad. En consecuencia, corresponde descalificar el fallo recurrido."
¿Cómo votaron los jueces?
el Dr. Rosatti votó en disidencia por considerar inadmisible el recurso extraordinario (art. 280 CPCCN) y por desestimar la queja, declarando perdido el depósito.
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Normas que cita
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
- Ley 17.454
Fallos que cita
- EspósitoCSJN · Fallos 339:781
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