HILLER SA c/ MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL s/VARIOS
La Corte Suprema hizo parcialmente lugar al recurso extraordinario interpuesto por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y dejó sin efecto la sentencia apelada en los términos de la causa Giaboo SRL, devolviendo el expediente para un nuevo pronunciamiento. La vicepresidenta Highton de Nolasco votó por declarar improcedente el recurso, en disidencia.
¿Quién es el actor?
Hiller S.A.
¿A quién se demanda?
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
recurso de queja por denegación de recurso extraordinario federal interpuesto por el Ministerio contra una sentencia dictada por el Juzgado Federal n° 2 de Mar del Plata.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, se hace parcialmente lugar al recurso extraordinario, se deja sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado, con costas, y se devuelve el expediente para que se dicte un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas por la recurrente guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas por el Tribunal en la causa CSJ 360/2013 (49-G)/CS1 'Giaboo SRL s/ recurso de queja', sentencia del 10 de noviembre de 2015, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad."
¿Cómo votaron los jueces?
"Que la cuestiones planteadas en el sub lite son análogas a las debatidas en la causa CSJ 360/2013 (49-G)/CSl 'Giaboo SRL s/ recurso de queja', sentencia del 10 de noviembre de 2015, disidencia de la suscripta, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir por razones de brevedad. Por ello, se declara improcedente el recurso extraordinario."
¿Cómo votaron los jueces?
"Que el recurso extraordinario no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48). Por ello, se lo desestima."
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Leyes que cita
- Ley 48Justicia nacional
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