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Corte Suprema

FIGUEROA, LILIANA DE LOS ANGELES c/ COMPAÑIA HOTELERA JUJEÑA S.A. Y ASOCIART ART S.A. s/DIFERENCIAS DE SALARIOS - INDEMNIZACION POR DESPIDO Y OTROS RUBROS

La Corte Suprema hizo lugar a la queja de Asociart ART S.A. y dejó sin efecto la sentencia que había aplicado el decreto 1694/2009 para fijar las indemnizaciones por incapacidades laborales. La mayoría remitió a los fundamentos de la causa Espósito y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSJ 001567/2017/RH001
Decreto 1694/2009 Incapacidad laboral Asociart art Ley de riesgos del trabajo Indemnizacion por despido Diferencias salariales Recurso extraordinario Queja Esposito Reparacion tarifada

¿Quién es el actor?

Liliana de los Ángeles Figueroa.

¿A quién se demanda?

Compañía Hotelera Jujeña S.A. y Asociart ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

diferencias de salarios, indemnización por despido y otros rubros laborales.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, la Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada y devolvió los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo conforme a lo decidido. El Dr. Rosatti, en voto separado, desestimó la queja por inadmisibilidad del recurso extraordinario (art. 280 CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los cuestionamientos de la apelante vinculados con la aplicación del decreto 1694/2009 a los efectos de fijar los montos resarcitorios por incapacidades laborales, encuentran adecuada respuesta en los criterios adoptados en el pronuncia-miento dictado por esta Corte en la causa 'Espósito' (Fallos: 339:781), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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