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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 2 - ETCHEVERRY, HERNAN JORGE c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE SEGURIDAD POLICIA FEDERAL ARGENTINA s/ACCIDENTE EN EL AMBITO MILITAR Y FZAS DE SEG

La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por el Estado Nacional - Policía Federal Argentina y revocó la sentencia de la Cámara Civil y Comercial Federal en el reclamo por accidente en el ámbito militar y de fuerzas de seguridad. El tribunal remitió a los fundamentos de precedentes análogos (causas Leston y D'Aquila) para resolver la cuestión.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CCF 003253/2014/2/RH001
Responsabilidad del estado Accidente en el ambito militar Fuerzas de seguridad Policia federal argentina Recurso extraordinario Recurso de queja Indemnizacion Precedente leston Precedente d'aquila Doctrina de la corte suprema.

¿Quién es el actor?

Hernán Jorge Etcheverry.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Seguridad - Policía Federal Argentina.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo indemnizatorio por accidente en el ámbito militar y de fuerzas de seguridad.

¿Qué se resolvió?

se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada. Costas por su orden. Se ordena que vuelvan los autos al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo expresado. Se exime a la recurrente de integrar el depósito del art. 286 del CPCCN, diferido según acordada 47/91.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el voto mayoritario considera que las cuestiones son sustancialmente análogas a las resueltas en la causa "Leston" (CSJ 377/2005 (41-L)/CS1, sentencia del 18 de diciembre de 2007) y remite, en lo pertinente, a sus fundamentos por razones de brevedad. El voto del Dr. Rosenkrantz remite a los fundamentos de la causa "D'Aquila" (Fallos: 340:1976), también por análogas cuestiones.

¿Cómo votaron los jueces?

la Dra. Highton de Nolasco votó por hacer lugar a la queja, admitir el recurso extraordinario y confirmar la sentencia apelada, remitiendo a los fundamentos de la causa "Aragón" (Fallos: 330:5205), en disidencia de los jueces Highton de Nolasco y Zaffaroni. El Dr. Rosatti votó en igual sentido, remitiendo a la causa "Goyenechea" (Fallos: 340:1296), en su disidencia. Estas posiciones quedaron en minoría y no constituyen la decisión del tribunal.

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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