JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - HORMIX SA c/ ESTADO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986

La Corte Suprema hizo lugar a la queja y declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por la AFIP en una causa de amparo promovida por Hormix S.A. contra el Estado Nacional. Confirmó la sentencia apelada por considerar acreditada la confiscatoriedad del tributo según los criterios fijados en el precedente Candy S.A..

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FCB 034080008/2003/1/RH001
Confiscatoriedad Amparo Recurso extraordinario Queja Precedente candy Peritaje contable Tributo Hormix s.a. Afip Principio de no confiscatoriedad.

¿Quién es el actor?

Hormix S.A.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional y otro (AFIP / Fisco Nacional).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo (ley 16.986) por la inconstitucionalidad de tributos por confiscatoriedad.

¿Qué se resolvió?

La Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada en los términos del considerando 15 del precedente "Candy". Las costas se impusieron por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en los presentes autos resultan sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Candy S.A.' (Fallos: 332:1571), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."

"En efecto, según surge de los autos principales, los instrumentos acompañados por la actora (conf. fs. 102/140) y, en especial, las conclusiones del peritaje contable (fs. 352/359) llevan a tener por demostrada la existencia de un supuesto de confiscatoriedad según el criterio establecido en los considerandos 7° y siguientes del referido precedente."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." Esta postura quedó en minoría y no constituye la decisión del tribunal.

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.