Recurso Queja Nº 1 - MOLINA HECTOR RAUL c/ MAPFRE ARGENTINA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia que había declarado inconstitucional el decreto 472/14 y aplicado el adicional del 20% de la ley 26.773 a un accidente in itinere, por entender que esa norma sólo alcanza a los siniestros ocurridos en el lugar de trabajo. El ministro Rosatti votó en disidencia parcial por declarar improcedente el recurso y confirmar la condena.
¿Quién es el actor?
Héctor Raúl Molina.
¿A quién se demanda?
Mapfre Argentina ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reparación por accidente in itinere sufrido el 27 de diciembre de 2012, en el marco de la Ley de Riesgos del Trabajo (ley 24.557).
¿Qué se resolvió?
la Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, con costas por su orden, ordenando dictar nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Resultan atendibles los cuestionamientos de la recurrente vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del decreto 472/14 pues tal extrema medida ha sido adoptada sobre la base de un endeble desarrollo argumental que se apoya en una inteligencia de la normativa aplicable claramente reñida con los criterios establecidos por esta Corte en el precedente 'Espósito' (Fallos: 339:781)."
"Tal inteligencia de la norma [...] es además, la que proporciona una razonable y justificada respuesta al interrogante acerca de por qué la ley 26.773 ha querido intensificar la responsabilidad de las ART cuando el siniestro se produce en el lugar de trabajo propiamente dicho. Es que en ese ámbito, precisamente las aseguradoras tienen la posibilidad de ejercer un control mayor y de adoptar todo tipo de medidas tendientes a alcanzar los objetivos primordiales del sistema creado por la Ley de Riesgos del Trabajo."
"Con solo atenerse a la literalidad del precepto [...] es posible concluir que la intención del legislador [...] ha sido la de circunscribir el beneficio a los infortunios laborales producidos u originados en el ámbito del establecimiento laboral y no a los accidentes in itinere."
¿Cómo votaron los jueces?
el ministro Rosatti, en disidencia parcial, consideró que las cuestiones son análogas a las resueltas en "Páez Alfonzo" (CNT 64722/2013/1/RH1), remitió a sus consideraciones, declaró inadmisibles los agravios sobre tasa de interés y sobre la aplicación del art. 3 de la ley 26.773 (art. 280 CPCCN), y votó por confirmar la sentencia apelada. Este criterio quedó en minoría.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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