HERA AILINCO SA c/ EN-M° PLANIFICACION-SE Y OTROS s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró admisible el recurso extraordinario interpuesto por Hera Ailinco SA en el marco de un proceso de conocimiento contra el Estado Nacional y otros por cuestiones vinculadas al mercado eléctrico. La Corte confirmó la sentencia apelada, adhiriendo en lo sustancial al dictamen de la Procuradora Fiscal, con exclusión de dos párrafos de su apartado VI.
¿Quién es el actor?
Hera Ailinco SA.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios - Secretaría de Energía de la Nación); Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima; Cooperativa de Electricidad y Servicios Anexos Limitada de Zárate.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
no surge del texto de la resolución transcripta, que se limita a la parte dispositiva y a los datos de las partes; se trata de un proceso de conocimiento vinculado al sector eléctrico.
¿Qué se resolvió?
se hizo lugar a la queja, se declaró admisible el recurso extraordinario y se confirmó la sentencia apelada de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (Sala III), con costas, reintegro del depósito de fs. 2 y agregado de la queja al principal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la Corte expresa que "comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, al que se remite en razón de brevedad, con exclusión de los párrafos 10 y 12 del apartado VI". El texto no contiene una argumentación propia desarrollada; la motivación está incorporada por remisión al dictamen de la Procuradora, cuyo contenido no fue transcripto en el documento analizado.
¿Cómo votaron los jueces?
no se registran en el documento.
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Normas que cita
- Constitución Nacional
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