RIOS, LORENA Y OTRO s/INFRACCION AL ART 125 BIS AGRAVADO POR ART. 127 CPP
La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por Miguel Ángel Sosa y declaró procedente el recurso extraordinario en una causa por infracción al art. 125 bis agravado por el art. 127 del CPP de Corrientes. Dejó sin efecto la sentencia del Superior Tribunal provincial y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento conforme a la doctrina del precedente Casal.
Actor/Recurrente: Miguel Ángel Sosa, asistido por el Defensor de Cámara José Nicolás Báez.
Demandado/Parte contraria: Lorena Ríos y otro, imputados en la causa penal.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de hecho contra la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Corrientes, dictada en un proceso por infracción al art. 125 bis agravado por el art. 127 del Código Procesal Penal provincial.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada, devolviendo los autos para que se dicte un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo decidido por el Tribunal en la causa 'Casal' (Fallos: 328:3399), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad." La Corte no desarrolla fundamentos propios; remite al estándar de revisión amplia de la sentencia condenatoria fijado en "Casal", que exige que el recurso de casación permita un examen integral de los hechos, la prueba y la aplicación del derecho.
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Normas que cita
- Constitución Nacional
- Casal
Fallos que cita
- CasalCSJN · Fallos 328:3399
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