ASOCIACION JUDICIAL BONAERENSE c/ PODER EJECUTIVO s/MATERIA A CATEGORIZAR
La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario federal interpuesto por la Fiscalía de Estado bonaerense contra la decisión que había declarado mal concedido un recurso de inaplicabilidad de ley contra una medida cautelar que ordenó reabrir una negociación salarial a judiciales. El Tribunal dejó sin efecto la sentencia por arbitrariedad, por falta de fundamentación suficiente, sin pronunciarse sobre la pertinencia de la cautelar ni sobre el fondo.
¿Quién es el actor?
Asociación Judicial Bonaerense (AJB).
¿A quién se demanda?
Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
acción sumarísima (arts. 47 y 53 de la ley 23.551) para que el Poder Ejecutivo provincial convoque a negociaciones salariales para el año 2018.
¿Qué se resolvió?
se declara procedente el recurso extraordinario, se deja sin efecto la sentencia apelada y se devuelven los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo conforme a derecho.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que si bien las resoluciones que declaran la improcedencia de los recursos deducidos por ante los tribunales superiores de la causa no son, como principio, revisables por la vía establecida por el art. 14 de la ley 48, cabe hacer excepción a esta regla cuando, como en el caso, lo resuelto conduce a una restricción sustancial de la vía utilizada por el justiciable sin fundamentación suficiente, lo que importa una violación al art. 18 de la Constitución Nacional."
"[L]a propia corte provincial, a la hora de discernir sobre la concesión de la apelación federal, admitió que en su anterior pronunciamiento... omitió dar una debida respuesta a los cuestionamientos del recurrente e incurrió en dogmatismo."
"En tales condiciones, corresponde descalificar la sentencia resistida con base en la conocida doctrina de esta Corte en materia de arbitrariedad y sin que ello implique emitir opinión de ningún tipo sobre la pertinencia de la medida cautelar cuestionada ni sobre la controversia de fondo."
Antecedente: la Suprema Corte bonaerense había declarado mal concedido el recurso de inaplicabilidad de ley por considerar que las decisiones sobre medidas cautelares no son definitivas en el concepto del art. 278 del Código Procesal, sin mayor fundamentación.
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Leyes que cita
- Ley 48Justicia nacional
- Ley 23.551Asociaciones sindicales
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