Recurso Queja Nº 1 - IMPUTADO: CHAPARRO GUERRERO, EUDELIO s/AB.SEXUAL ART.119 5°P CIRC.INC A,B,D,E,F 1°P y COACCION (ART. 149 BIS)
La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por el Fiscal General, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto el pronunciamiento de la Cámara de Casación en la causa por abuso sexual y coacción seguida contra Eudelio Chaparro Guerrero. La decisión se fundó en la aplicación de lo resuelto por el Tribunal en Fallos 339:1448, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Joaquín Ramón Gaset, Fiscal General ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional (recurrente).
¿A quién se demanda?
Eudelio Chaparro Guerrero (imputado en la causa).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de hecho contra la resolución de la Sala de Turno de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, en un proceso por abuso sexual (art. 119, 5° párrafo, circunstancias incisos a, b, d, e, f, primer párrafo y penúltimo párrafo) y coacción (art. 149 bis del Código Penal).
¿Qué se resolvió?
La Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia recurrida en lo que fue materia de impugnación y devolvió las actuaciones para que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo expresado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El Tribunal consideró que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto en la sentencia publicada en Fallos 339:1448, a cuyos fundamentos y conclusiones remitió "en razón de brevedad". El fallo no desarrolla fundamentos propios adicionales, por lo que la solución se apoya integralmente en el precedente citado. Dictamen previo del señor Procurador Fiscal, que fue oído.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Constitución Nacional
Fallos que cita
- Chaparro Guerrero, Eudelio s/ ab. sexualCSJN · Fallos 339:1448
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.