JurisprudenciaARG
Corte Suprema

MANFRONI KERGARAVAT, CLAUDIO FABIAN c/ ENERSA Y OTROS s/accion de amparo

El actor promovió acción de amparo contra la Empresa de Energía de Entre Ríos S.A. y el Ente Regulador de la Energía para obtener la conexión del servicio eléctrico en su vivienda, y recurrió en queja ante la Corte tras la desestimación de su recurso extraordinario. La Corte dejó sin efecto la intimación al depósito del artículo 286 del CPCCN, al considerar que la causa es una relación de consumo amparada por la gratuidad del artículo 53 de la ley 24.240.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSJ 001949/2017/RH001
Recurso de queja Beneficio de gratuidad Relacion de consumo Ley 24.240 Articulo 53 Deposito previo Articulo 286 cpccn Servicio publico esencial Accion de amparo Energia electrica

¿Quién es el actor?

Claudio Fabián Manfroni Kergaravat, por derecho propio.

¿A quién se demanda?

Empresa de Energía de Entre Ríos S.A. (ENERSA) y Ente Regulador de la Energía.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción de amparo para que se proceda a la conexión del servicio eléctrico en la vivienda del actor.

¿Qué se resolvió?

la Corte admitió el recurso de revocatoria contra la intimación de pago del depósito del artículo 286 del CPCCN y dejó sin efecto esa intimación, por encontrarse el actor alcanzado por la gratuidad prevista en el artículo 53 de la ley 24.240.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"[L]as actuaciones judiciales que se inicien de conformidad con la presente ley en razón de un derecho o interés individual gozarán del beneficio de justicia gratuita..." (artículo 53 de la ley 24.240, citado por la Corte).

La Corte señaló que "[e]sta situación se verifica en la causa", ya que el actor "expresó que la conducta de la parte demandada afectaba su derecho como usuario a gozar de un servicio público esencial e invocó el artículo 42 de la Constitución Nacional y la ley 24.240".

Asimismo, se apartó excepcionalmente del principio de inadmisibilidad de recursos contra sus sentencias, "habida cuenta que" la norma estipula la gratuidad para acciones individuales de consumo.

Se remitió a precedente: "Aramburu, Marta Beatriz y otros c/ Edesur S.A." (CSJ 943/2008 (44-A)/CS1, 20/10/2009).

Normas que cita

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.