GARCIA, ADRIANA BEATRIZ c/ DIARIO LA ARENA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Corte Suprema revocó la condena por daños y perjuicios contra un diario y un periodista por notas sobre una licitación pública irregular que mencionaban a la esposa de un funcionario. Entendió que la información de interés público estaba protegida por la doctrina de la real malicia, sin prueba de que los demandados supieran de la falsedad del dato.
¿Quién es el actor?
Adriana Beatriz García, cónyuge del entonces presidente del Tribunal de Cuentas de La Pampa.
¿A quién se demanda?
Diario La Arena, La Arena S.A., Leonardo Víctor Santesteban y Radio Noticias.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por daños al honor derivados de una nota publicada el 9 de julio de 2002 y de un programa radial emitido el 2 de julio de 2004, que denunciaban irregularidades en la licitación de un automóvil para el Tribunal de Cuentas y afirmaban que el presidente del organismo había retirado un vehículo de la concesionaria ganadora para su esposa.
¿Qué se resolvió?
la Corte Suprema declaró procedente la queja, admitió el recurso extraordinario, revocó la sentencia del Superior Tribunal de Justicia pampeano que había confirmado la condena y rechazó la demanda, con costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la Corte adhiere a los fundamentos del dictamen del Procurador Fiscal, quien sostiene que "cuando está en juego la difusión de información de interés público corresponde acudir a la doctrina de la real malicia a fin de armonizar el derecho a la libertad de expresión con el derecho al honor". Afirma que las expresiones "estaban dirigidas a cuestionar el actuar del presidente del Tribunal de Cuentas de la provincia de La Pampa" y que la mención a la actora "guardaba vinculación con la información de interés público destinada a denunciar las irregularidades del proceso de licitación". Concluye que "las constancias probatorias no muestran que el demandado haya divulgado información falsa a sabiendas de su falsedad o con notoria despreocupación al respecto". Las conclusiones del Procurador Fiscal fueron fundadas en considerandos de adhesión; el Ministro Rosenkrantz y la Ministra Highton de Nolasco fundamentaron en que el particular estaba voluntariamente involucrado en un asunto de interés público.
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Normas que cita
Fallos que cita
- CostaCSJN · Fallos 310:510
- PatitóCSJN · Fallos 331:1530
- Gómez Miranda, Federico c/ Gaspari, Juan Alberto s/ daños y perjuicios15/04/2016
- Gómez, Patricia Verónica y otra c/ Latrille, Fernando Gabriel Roberto s/ daños y perjuicios14/04/2015
- Caso Ricardo Canese vs. ParaguayCIDH · 31/08/2004
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