CACERES, JUAN ABELARDO s/RECURSO DE QUEJA
La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por la defensa de Juan Abelardo Cáceres y declaró procedente el recurso extraordinario federal. Dejó sin efecto la sentencia de la Suprema Corte bonaerense y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento conforme a la doctrina sentada en el precedente Muñoz.
Actor (recurrente): Juan Abelardo Cáceres, asistido por el Defensor Oficial Dr. Mario Luis Coriolano.
¿A quién se demanda?
Estado provincial, en el marco de la causa penal tramitada ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de queja contra la denegatoria del recurso extraordinario federal interpuesto contra la sentencia dictada en la causa penal seguida al recurrente.
¿Qué se resolvió?
Hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario y dejar sin efecto la sentencia apelada, con devolución de los autos al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte remite, en razón de brevedad, a los fundamentos y conclusiones del precedente CSJ 939/2007 (43-M)/CS1 "Muñoz, Alberto Ramón s/ homicidio en estado de emoción violenta agravado por el uso de arma de fuego y portación ilegítima de arma de fuego civil en concurso real - causa n° 724/04", resuelto el 30 de noviembre de 2010, al considerar que resulta aplicable en lo pertinente al caso. Textualmente: "Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo decidido por el Tribunal en el expediente CSJ 939/2007 (43-M)/CS1 'Muñoz, Alberto Ramón s/ homicidio en estado de emoción violenta agravado por el uso de arma de fuego y portación ilegítima de arma de fuego civil en concurso real - causa n° 724/04', resuelta el 30 de noviembre de 2010, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad." Se recalca que la decisión se fundó en la doctrina de ese precedente, sin desarrollo argumental autónomo en el texto disponible.
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