CASANELLI, ROSALIA SILVIA s/homicidio criminis causa
La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a la queja interpuesta por la defensa de R. S. C. en una causa por homicidio criminis causa y declaró procedente el recurso extraordinario. Dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento conforme a la doctrina del precedente Casal.
Actor/Querellante: No surge del texto (Ministerio Público/acusador no identificado en la resolución).
Demandado/Imputado: R. S. C.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de hecho deducido por la defensa contra el pronunciamiento de la Corte de Justicia de la Provincia de San Juan, en el marco de la causa por homicidio criminis causa.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario, se deja sin efecto el pronunciamiento apelado y se devuelven los autos al tribunal de origen para que dicte nuevo pronunciamiento conforme al precedente "Casal" (Fallos: 328:3399).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto por el Tribunal en el precedente 'Casal' (Fallos: 328:3399), a cuyos fundamentos cabe remitirse en razón de brevedad." La decisión se fundó en remisión a dicho precedente, que establece el estándar de revisión amplia de la sentencia condenatoria en materia penal (derecho al recurso ante tribunal superior).
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Normas que cita
- Constitución Nacional
Fallos que cita
- CasalCSJN · Fallos 328:3399
- Fallos 328:3399CSJN
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