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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - Incidente Nº 1 - NN: N.N. s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por el Fiscal General y declaró procedente el recurso extraordinario federal en una causa penal de la Ciudad de Buenos Aires. Dejó sin efecto la sentencia de la Cámara de Casación y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento, remitiéndose a los fundamentos de los precedentes Di Nunzio y NN (CCC 47504/2015).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CFP 009772/2013/2/1/1/RH001
Recurso de queja Recurso extraordinario federal Casacion penal Incidente de recurso extraordinario Remision a precedentes Di nunzio Ministerio publico fiscal Sentencia dejada sin efecto Nuevo pronunciamiento Procedencia formal.

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal, representado por el Fiscal General ante la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal (Dr. Mauricio Agustín Viera).

¿A quién se demanda?

N.N. (imputado no identificado en el expediente).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de queja por denegación del recurso extraordinario federal interpuesto contra la sentencia de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, Sala de Turno, en el marco de un incidente de recurso extraordinario.

¿Qué se resolvió?

La Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, con remisión a los autos principales para un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que al caso resultan aplicables, en lo pertinente, las consideraciones vertidas en la causa 'Di Nunzio' Fallos: 328:1108 (voto de la mayoría), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad." Asimismo, el voto del doctor Rosatti: "Que al caso resultan aplicables, en lo pertinente, las consideraciones vertidas en los autos CCC 47504/2015/1/1/1/RH1 'NN s/ incidente de recurso extraordinario' (voto del juez Rosatti), sentencia del 24 de septiembre de 2019, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad."

Nota: la sentencia es breve y se resuelve por remisión; no transcribe fundamentación propia sustantiva.

Fallos que cita

  • Di NunzioCSJN · Fallos 328:1108
  • NNCSJN · 24/09/2019

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