JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - Legajo Nº 31 - IMPUTADO: INSAURRALDE , FELIX Y OTROS s/LEGAJO DE CASACION

La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por el Fiscal General ante la Cámara Federal de Casación Penal y declaró procedente el recurso extraordinario en la causa Insaurralde, Félix y otros s/ legajo de casación. Dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento, por remisión a precedentes de la Corte en materia penal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FTU 400795/2004/TO01/31/1/RH009
Queja Recurso extraordinario Camara federal de casacion penal Sentencia dejada sin efecto Remision a precedentes Aguilera Greppi Asociacion ilicita Tortura Art. 280 cpccn

¿Quién es el actor?

Fiscal General ante la Cámara Federal de Casación Penal, Dr. Raúl Omar Pleé.

¿A quién se demanda?

Félix Insaurralde y otros (imputados en la causa de origen).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

recurso de queja contra la denegación del recurso extraordinario deducido contra la sentencia de la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, dictada en la causa seguida ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán.

¿Qué se resolvió?

la mayoría (Lorenzetti y Rosatti) hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, con remisión al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento. El doctor Rosenkrantz, en disidencia total, desestimó la presentación directa por considerar inadmisible el recurso extraordinario.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la mayoría remitió, por razones de brevedad, a lo resuelto por el Tribunal el 11 de septiembre de 2018 en la causa "Aguilera, Omar y otros" (FBB 31000615/2010/TO1/33/1/1/RH27), y a lo decidido en "Greppi, Néstor Omar" (Fallos: 343:897). Transcripción textual del considerando central: "Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto por el Tribunal el 11 de septiembre de 2018, en la causa FBB 31000615/2010/TO1/33/1/1/RH27 'Aguilera, Omar y otros s/ asociación ilícita, inf. art. 144 bis en circ. art. 142 inc. 1, 2, 3, 5 e imposición de tortura (art. 144 ter inc. 1)', (voto de la mayoría) a cuyas consideraciones corresponde remitirse por razones de brevedad." El fundamento del voto del doctor Rosatti, también transcripto: "Que al caso resulta aplicable, mutatis mutandis, lo resuelto por el Tribunal en la causa 'Greppi, Néstor Omar' (Fallos: 343:897), a cuyos términos corresponde remitir por razón de brevedad." El voto en disidencia del doctor Rosenkrantz se limita a afirmar: "Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.