Recurso Queja Nº 2 - JUAN DARIO ANGEL c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE JUSTICIA SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS POLICIA FEDERAL s/ACCIDENTE DE TRABAJO/ENFERM. PROF. ACCION CIVIL
La Corte Suprema admitió la queja interpuesta por el Estado Nacional y declaró admisible el recurso extraordinario en un juicio por accidente de trabajo o enfermedad profesional promovido por un agente de la Policía Federal. El tribunal confirmó la sentencia apelada por remisión a los fundamentos del precedente Martínez (Fallos: 343:1894), imponiendo las costas por su orden debido a la complejidad de la cuestión.
¿Quién es el actor?
Darío Ángel Juan.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional - Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos - Policía Federal Argentina.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por accidente de trabajo o enfermedad profesional (acción civil).
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada. Las costas se impusieron por su orden, en atención a la complejidad de la cuestión y a las divergencias interpretativas suscitadas por las normas aplicables (art. 68, segunda parte, del CPCCN). Se eximió al recurrente de integrar el depósito del art. 286 del CPCCN, diferido conforme la Acordada 47/91.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas por esta Corte en la causa 'Martínez' (Fallos: 343:1894), a la que corresponde remitir –en lo pertinente- por razón de brevedad."
Los votos de los ministros coinciden en remitir a los fundamentos de "Martínez" (en el caso del voto del ministro Rosatti, a sus fundamentos como juez en dicha causa).
"...en atención a la complejidad que exhibe la cuestión debatida y a las divergencias interpretativas suscitadas a raíz de las normas aplicables (art. 68, segunda parte, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
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Leyes que cita
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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