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Corte Suprema

FISCALIA DE ESTADO - PROV. DE BS. AS. c/ TRIBUNAL FISCAL s/PRETENSION ANULATORIA (COADY: CANO ALFONSO JESUS Y QUIÑONES MIGUEL ANGEL S.H.) -RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPL. DE LEY

La Corte Suprema confirmó la sentencia del Tribunal Fiscal de la Provincia de Buenos Aires en una causa de pretensión anulatoria promovida por la Fiscalía de Estado, remitiéndose a los fundamentos del precedente Volkswagen de Ahorro para Fines Determinados S.A. (Fallos: 342:1903). La mayoría resolvió por remisión a esa doctrina, con la disidencia del juez Rosatti.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSJ 001492/2020/CS001
Pretension anulatoria Fiscalia de estado Tribunal fiscal Recurso extraordinario Provincia de buenos aires Remision a precedente Volkswagen de ahorro para fines determinados Fallos 342:1903 Ahorro para fines determinados Confirmacion

¿Quién es el actor?

Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Tribunal Fiscal de la Provincia de Buenos Aires (en la causa figura como Coady: Cano Alonso Jesús y Quiñones Miguel Ángel S.H.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

pretensión anulatoria promovida por la Fiscalía de Estado contra la decisión del Tribunal Fiscal.

¿Qué se resolvió?

la Corte, por mayoría, confirmó la sentencia apelada, sin costas por no haberse contestado el traslado de fs. 187.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en la presente causa resultan sustancialmente análogas a las consideradas y resueltas por esta Corte en el expediente 'Volkswagen de Ahorro para Fines Determinados S.A.' (Fallos: 342:1903), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad. El juez Rosatti se remite a su disidencia en el citado expediente."

La decisión se fundó exclusivamente en la remisión al precedente citado; el fallo no desarrolla fundamentos propios. El voto del juez Rosatti, al remitirse a su disidencia en el precedente, no integra la mayoría.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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