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Corte Suprema

MARTIN, CLAUDIA INES c/ COMISION MEDICA CENTRAL Y/O ANSES s/RECURSO DIRECTO LEY 24.241

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por una beneficiaria del régimen previsional contra la decisión de la Cámara Federal de Salta que había confirmado el rechazo de su reclamo. El Tribunal revocó la sentencia y declaró la inconstitucionalidad del art. 49, inciso 4, primer párrafo, de la ley 24.241, por ser sustancialmente análogo al caso Giménez.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FSA 000106/2019/CS001
Inconstitucionalidad Art. 49 inc. 4 ley 24.241 Recurso extraordinario Recurso directo Comision medica central Anses Seguridad social Sistema previsional Invalidez Dictamen del procurador fiscal.

¿Quién es el actor?

Claudia Inés Martín.

¿A quién se demanda?

Comisión Médica Central y/o ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

recurso directo previsto en la ley 24.241 contra la decisión de la Comisión Médica Central, cuestionando la constitucionalidad del art. 49, inc. 4, primer párrafo, de dicha ley.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada y declaró la inconstitucionalidad del art. 49, inc. 4, primer párrafo, de la ley 24.241, remitiendo las actuaciones a la Sala I de la Cámara Federal de Salta.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones que se suscitan en la presente causa, relacionadas con la inconstitucionalidad del art. 49, inciso 4, de la ley 24.241, resultan sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas en el caso FSA 264/2019/CA1 – CS1 'Giménez, Rosa Elisabe c/ Comisión Médica Central y/o ANSeS s/ recurso directo ley 24.241', fallado en la fecha, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, corresponde remitir por razón de brevedad." Asimismo, en el voto de la Dra. Highton de Nolasco se señala: "Que los agravios de la apelante han sido objeto de adecuado tratamiento en el dictamen del señor Procurador Fiscal, cuyos fundamentos esta Corte comparte y a los cuales se remite por razón de brevedad."

Leyes que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

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