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Corte Suprema

OJEDA OSCAR ALFREDO Y OTROS c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Corte Suprema declaró admisibles los recursos extraordinarios interpuestos por el personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad y confirmó las sentencias apeladas. La decisión se remitió íntegramente al precedente “Camejo” (Fallos: 344:1388), por la analogía sustancial de las cuestiones debatidas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 046031/2016/CS001
Personal militar Personal civil Fuerzas armadas Fuerzas de seguridad Recurso extraordinario Precedente camejo Confirmacion de sentencia Ministerio de seguridad Prefectura naval argentina Seguridad social

¿Quién es el actor?

Oscar Alfredo Ojeda y otros; Miguel Lucio Gadea y otro; Juan Ramón Otazo (personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad).

¿A quién se demanda?

Ministerio de Seguridad (y, en el caso de Otazo, Prefectura Naval Argentina).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamos vinculados al régimen de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, en el marco de las acciones promovidas conforme a la normativa específica de dicho régimen (el sumario no detalla los montos ni los conceptos reclamados).

¿Qué se resolvió?

se declararon formalmente admisibles los recursos extraordinarios y se confirmaron las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con los alcances que surgen del precedente “Camejo”. Sin costas por no haber sido contestado el traslado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas guardan analogía sustancial con las debatidas y resueltas por esta Corte en 'Camejo' (Fallos: 344:1388), a la que corresponde remitir por razones de brevedad." "El juez Rosenkrantz remite a su voto en la causa mencionada." La sentencia no contiene desarrollo argumental propio: su fundamento consiste en la remisión al precedente citado.

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