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Corte Suprema

ZIGRINO CARLOS ALFONSO Y OTRO c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Personal de las fuerzas de seguridad reclamó diferencias en su haber de retiro y en las bonificaciones que le corresponden por el régimen de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad. La Corte Suprema declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas, remitiendo por razones de brevedad al precedente Grandoli del 17 de junio de 2021.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 157910/2018/CS001
Personal militar Fuerzas de seguridad Haber de retiro Bonificaciones Regimen de personal militar y civil Recurso extraordinario Remision a precedente Gendarmeria nacional Ministerio de seguridad Costas

¿Quién es el actor?

Carlos Alfonso Zigrino y otro; asimismo, los actores de las causas acumuladas (Juan Carlos Mena y otro; Manuel Amancio Miranda y otros; Jesús Chaves y otros; Omar Darío Lucero y otros).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Seguridad, y Gendarmería Nacional según cada causa.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

diferencias en haberes de retiro y en las bonificaciones del régimen de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con los alcances que surgen de los antecedentes citados, con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las cuestiones planteadas guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas por esta Corte en la causa CAF 41658/2014/CS1-CA1 'Grandoli, Marcelo Fabián y otros c/ EN –M Seguridad- GN s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.', sentencia del 17 de junio de 2021, a la que corresponde remitir por razones de brevedad."

"El juez Rosenkrantz remite a su voto en el precedente 'Camejo' (Fallos: 344:1388)."

"Por ello, se declaran formalmente admisibles los recursos extraordinarios y se confirman las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con los alcances que surgen de los antecedentes citados. Con costas."

Nota: la sentencia es una remisión a precedentes; el fundamento sustantivo se encuentra en "Grandoli" y "Camejo", no transcripto en este documento.

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