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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - PEREZ, ALEJANDRA MABEL c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

La Corte Suprema declaró procedente la queja de la ANSeS y revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social que había hecho lugar a la apelación de la actora. Por mayoría, rechazó el recurso de apelación respecto del dictamen de la Comisión Médica Central, remitiendo a los fundamentos del precedente Sosa, Raúl.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 110919/2017/1/RH001
Retiro por invalidez Art. 49 inc. 4 ley 24.241 Recurso de queja Recurso extraordinario Comision medica central Dictamen medico Seguridad social Anses Precedente sosa Ley 48 art. 16.

¿Quién es el actor?

Alejandra Mabel Pérez.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

retiro por invalidez previsto en el art. 49, inc. 4, de la ley 24.241.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró procedente la queja, se revocó la sentencia apelada y se rechazó el recurso de apelación de la parte actora respecto del dictamen de la Comisión Médica Central. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la cuestión que se suscita en autos resulta sustancialmente análoga a la resuelta por el Tribunal en la causa 'Sosa, Raúl' (Fallos: 340:2021), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir por razón de brevedad."

"El juez Rosatti se remite a su disidencia en el precedente 'Rapisardi' (Fallos: 341:961)."

"Por ello, por mayoría, se declara procedente la queja, formalmente admisible el recurso extraordinario, se revoca la sentencia apelada y, en uso de las atribuciones conferidas por el art. 16, segunda parte, de la ley 48, se rechaza el recurso de apelación deducido por la parte actora respecto del dictamen de la Comisión Médica Central."

Nota: la sentencia no desarrolla fundamentos propios; se remite al precedente "Sosa" y el Dr. Rosatti reitera su disidencia en "Rapisardi".

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