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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - ACYMA ASOCIACION CIVIL POR LOS CONSUMIDORES Y EL MEDIO AMBIENTE c/ INTERTURIS S.A. s/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a la queja interpuesta por ACYMA Asociación Civil por los Consumidores y el Medio Ambiente en el marco de un pedido de beneficio de litigar sin gastos contra Interturis S.A. La Corte declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, por remitir a los fundamentos del precedente ADDUC y otros (Fallos: 344:2835).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
COM 002104/2018/1/RH001
Beneficio de litigar sin gastos Recurso extraordinario Queja Asociacion de consumidores Acyma Interturis s.a. Sentencia dejada sin efecto Precedente adduc Devolucion para nuevo pronunciamiento Defensa del consumidor.

¿Quién es el actor?

ACYMA Asociación Civil por los Consumidores y el Medio Ambiente.

¿A quién se demanda?

Interturis S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de beneficio de litigar sin gastos en el marco de un proceso comercial.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada. Sin costas por ausencia de contradictorio. Las actuaciones se devuelven al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme al criterio fijado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en el sub lite, resultan sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas por esta Corte en la causa 'ADDUC y otros' (Fallos: 344:2835), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir -en lo pertinente- en razón de brevedad." El Tribunal remitió a los fundamentos de aquel precedente, de modo que la decisión se apoya en la identidad sustancial de las cuestiones debatidas. Se acompañó el dictamen concordante del señor Procurador Fiscal.

Normas que cita

  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • ADDUC y otrosCSJN · Fallos 344:2835

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