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Corte Suprema

SOSA LUIS OMAR Y OTRO c/ GENDARMERIA NACIONAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los actores promovieron demanda contra Gendarmería Nacional por reclamos vinculados al personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, cuestionando la constitucionalidad de la ley 22.788 y del decreto 679/97. La Corte Suprema tuvo por desistido el planteo sobre la ley 22.788, declaró procedente el recurso extraordinario, revocó parcialmente la sentencia apelada y declaró la inconstitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia 679/97, devolviendo los autos al tribunal de origen.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 057134/2013/CS001
Recurso extraordinario Inconstitucionalidad Decreto de necesidad y urgencia 679/97 Ley 22.788 Personal militar Gendarmeria nacional Fuerzas de seguridad Desistimiento Costas por su orden Seguridad social.

¿Quién es el actor?

Luis Omar Sosa y otro.

¿A quién se demanda?

Gendarmería Nacional (Estado Nacional).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo en el marco del régimen de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, con cuestionamiento de la ley 22.788 y del decreto 679/97.

¿Qué se resolvió?

La parte actora fue tenida por desistida del planteo de inconstitucionalidad respecto de la ley 22.788. Se declaró procedente el recurso extraordinario, se revocó parcialmente la sentencia apelada y se declaró la inconstitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia 679/97. Las costas se impusieron por su orden (art. 71 CPCCN). Los autos vuelven al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios expresados por los recurrentes en lo referente al decreto 679/97 encuentran adecuada respuesta en los votos concurrentes del Tribunal en la causa 'Pino, Seberino y otros' (Fallos: 344:2690), a cuyas consideraciones y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad." Se remite a los fundamentos de la causa "Pino" para resolver la cuestión del decreto 679/97. No se transcriben fundamentos adicionales en el texto de la sentencia.

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