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Corte Suprema

ZOCCHI JULIO CESAR Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los actores, retirados y pensionados de la Policía Federal Argentina, cuestionaron el régimen previsional aplicable a sus haberes ante la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal. La Corte Suprema declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas, remitiendo a los fundamentos del precedente Di Nanno, Camilo (Fallos: 345:702).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 013900/2019/CS001
Policia federal argentina Caja de retiros Jubilaciones y pensiones Haberes de retiro Pensiones policiales Recurso extraordinario Confirmacion Precedente di nanno Seguridad social Regimen previsional Admisibilidad formal

¿Quién es el actor?

Julio César Zocchi y otros (con más de veinte causas acumuladas, entre ellas Sinigallo, Carena, Albarracín, Barragán, Garnica, Segovia, Sellaro, Cejas, Cardozo, Formica, Tortosa, Amigo, Balbuena, Elías, Carita, Sosa, Crudo, Reynoso, Billordo y Maciel).

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cuestiones previsionales vinculadas a haberes de retiro y pensiones de personal de la Policía Federal Argentina (el fallo no detalla el objeto específico de cada reclamo).

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con los alcances del precedente "Di Nanno". Sin costas por ausencia de contradictorio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las cuestiones planteadas encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por este Tribunal en la causa 'Di Nanno, Camilo' (Fallos: 345:702), a la que corresponde remitir por razones de brevedad." Agrega que el juez Rosenkrantz remite a su voto en el precedente mencionado. No se transcriben fundamentos propios, por lo que la decisión se apoya íntegramente en el precedente citado.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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