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Corte Suprema

OBREGON, EDUARDO c/ ESTADO NACIONAL- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS- SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

El actor Eduardo Obregón promovió demanda contencioso administrativa contra el Estado Nacional (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y Servicio Penitenciario Federal). La Corte Suprema declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, revocó la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento conforme al precedente Gines (Fallos: 345:401).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FRE 006728/2017/CS001
Recurso extraordinario Contencioso administrativo Servicio penitenciario federal Estado nacional Precedente gines Remision a precedente Revocacion de sentencia Reenvio al tribunal de origen Admisibilidad formal Costas

¿Quién es el actor?

Eduardo Obregón.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – Servicio Penitenciario Federal).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo en el marco de un proceso contencioso administrativo (varios), cuyo contenido específico no surge de la resolución.

¿Qué se resolvió?

la Corte entendió que las cuestiones planteadas guardan sustancial analogía con las resueltas en "Gines" (Fallos: 345:401), a cuyos fundamentos remitió por razones de brevedad. El juez Rosenkrantz remitió a su voto en ese precedente. Se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario con el alcance de ese precedente, se revocó la sentencia apelada, con costas, y se devolvieron los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo allí decidido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas por la actora guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas por esta Corte en la causa 'Gines' (Fallos: 345:401), a la que corresponde remitir por razones de brevedad." "El juez Rosenkrantz remite a su voto en el precedente mencionado."

No se registran votos en disidencia.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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