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Corte Suprema

ASSELBON ROBERTO DANIEL Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los jubilados y pensionados de la Policía Federal promovieron reclamos contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal por el régimen previsional aplicable a su haber. La Corte Suprema declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas por remisión a la causa Di Nanno, sin costas adicionales distintas de las de rigor.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 139585/2017/CS001
Recurso extraordinario Remision a precedente di nanno Caja de retiros Jubilaciones y pensiones de la policia federal Personal militar y civil de las ffaa y de seguridad Haberes previsionales Confirmacion de sentencias Admisibilidad formal Costas Seguridad social.

¿Quién es el actor?

Roberto Daniel Asselbon y otros (conjunto de causas acumuladas: Farnholc, Ponce, Porfirio, Antonio, Rufino, Vitale, Aguirre, Candotti, Salguero, Scarbol, Menéndez, Melgarejo, Demner, Mareco y Lencina).

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamos vinculados al régimen de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (haberes previsionales).

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con los alcances que surgen del precedente "Di Nanno" (Fallos: 345:702), al que remitió por razones de brevedad por considerar que las cuestiones planteadas encuentran adecuada respuesta en él. Con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas encuentran adecuada respuesta con lo resuelto por este Tribunal en la causa 'Di Nanno' (Fallos: 345:702), a la que corresponde remitir por razones de brevedad." "El juez Rosenkrantz remite a su voto en el precedente mencionado." No se desarrollan fundamentos propios en el fallo.

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