FAVACARD SA c/ AFIP DGI s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario de la AFIP y confirmó la sentencia que declaró la confiscatoriedad del impuesto reclamado a Favacard SA, por aplicación del precedente Candy. El Dr. Lorenzetti votó en disidencia por declarar inadmisible el recurso extraordinario.
¿Quién es el actor?
Favacard SA.
¿A quién se demanda?
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP-DGI).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
acción declarativa de inconstitucionalidad contra el tributo reclamado por la AFIP, por considerarlo confiscatorio.
¿Qué se resolvió?
la mayoría declaró procedente el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada, en los términos del considerando 15 del precedente "Candy" (Fallos: 332:1571). Las costas se impusieron por su orden, por la complejidad jurídica de la cuestión y la forma en que se resuelve. El Dr. Lorenzetti, en disidencia, propuso desestimar el recurso por inadmisible.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas en los presentes autos resultan sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Candy S.A.' (Fallos: 332:1571), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."
"En efecto, las conclusiones del peritaje contable, incorporado al sistema informático Lex 100 con fecha 7 de diciembre de 2017, llevan a tener por demostrada la existencia de un supuesto de confiscatoriedad según el criterio establecido en el considerando 7º y siguiente del referido precedente."
¿Cómo votaron los jueces?
"Que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Por ello, se lo desestima. Con costas."
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Leyes que cita
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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