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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - BUONGIORNO MARIA DEL CARMEN c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Diversos jubilados y pensionados de la Policía Federal Argentina reclamaron contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la PFA por cuestiones previsionales y de haberes del personal militar y civil. La Corte Suprema hizo lugar a las quejas, declaró admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas, remitiendo a los fundamentos de la causa Di Nanno.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 117140/2017/1/RH001
Caja de retiros jubilaciones y pensiones pfa Personal militar y civil Fuerzas armadas y de seguridad Haberes previsionales Recurso extraordinario Queja Remision a precedente Di nanno Confirmacion de sentencia Seguridad social

¿Quién es el actor?

María del Carmen Buongiorno y otros (causas acumuladas: Merlini, Gatti, Paredes, Iglesias, Ruiz, Franchina, Herrera, Medina, Rodríguez, De la Canal, Salas, Molina, Berardi, Gianfelice, Caballero, Robles, Navarro, Irigaray, Lotartaro y Apodaca).

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cuestiones previsionales y de haberes del personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, sin que el fallo detalle el objeto concreto en su texto.

¿Qué se resolvió?

se hizo lugar a las quejas por recurso extraordinario denegado, se declaró admisible el recurso extraordinario y se confirmaron las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con los alcances del precedente "Di Nanno" (Fallos: 345:702). Sin costas por ausencia de contradictorio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas por esta Corte en la causa 'Di Nanno' (Fallos: 345:702), a la que corresponde remitir por razones de brevedad. El juez Rosenkrantz remite a su voto en el precedente citado."

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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