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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - Recurso Queja Nº 253 - IMPUTADO: CERSOSIMO, AGUSTÍN s/AVERIGUACION DE DELITO

La Corte Suprema hizo lugar a la queja deducida por el Fiscal General ante la Cámara Federal de Casación Penal y declaró procedente el recurso extraordinario en la causa Cersósimo, Agustín s/ averiguación de delito. Dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento, aplicando mutatis mutandis lo resuelto en Uzcátegui Matheus (Fallos 339:408).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FMP 021675/2014/253/1/RH036
Recurso extraordinario Recurso de queja Averiguacion de delito Camara federal de casacion penal Remision a precedente Uzcategui matheus Sentencia dejada sin efecto Nuevo pronunciamiento Procedencia formal Fiscal general.

Actor (recurrente): Dr. Mario A. Villar, Fiscal General ante la Cámara Federal de Casación Penal.

¿A quién se demanda?

no aplica en los términos de un proceso civil; la causa es una averiguación de delito (FMP 21675/2014) seguida contra Agustín Cersósimo.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

recurso de hecho (queja) contra la denegatoria del recurso extraordinario deducido contra la decisión de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, que había intervenido después de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata.

¿Qué se resolvió?

la Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo expuesto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el Tribunal consideró que "al presente resulta aplicable, mutatis mutandis, lo resuelto por el Tribunal en la causa 'Uzcátegui Matheus' (Fallos: 339:408), a cuyos términos corresponde remitir en razón de brevedad". No se transcriben en el fallo consideraciones propias adicionales; la solución se apoya íntegramente en el precedente citado.

¿Cómo votaron los jueces?

no se registran.

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