REQUERIDO: MENDEZ ASTEGUI, RICHARD DAMIAN s/EXTRADICION
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 8 concedió la extradición de Richard Damián Méndez Astegui a la República Oriental del Uruguay para ser juzgado por homicidio y homicidio en grado de tentativa. La Corte Suprema confirmó la decisión al considerar infundados los agravios sobre prueba, salud y tratamiento del requerido, y remitir los cuestionamientos de fondo a la jurisdicción extranjera.
¿Quién es el actor?
Estado requirente, República Oriental del Uruguay.
¿A quién se demanda?
Richard Damián Méndez Astegui.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Extradición del requerido para ser sometido a proceso por los delitos de homicidio y homicidio en grado de tentativa.
¿Qué se resolvió?
Confirmar la sentencia apelada en cuanto declaró procedente la extradición de Richard Damián Méndez Astegui a la República Oriental del Uruguay para ser sometido a proceso por los delitos de homicidio y homicidio en grado de tentativa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Sobre la prueba de la imputación: "La pretensión de la parte de ensayar reparos en punto a su mérito deberá ser ejercida, a todo evento, ante los jueces que conocen del proceso principal, al remitir a extremos de fondo propios de la competencia jurisdiccional extranjera."
Sobre la salud del requerido y el Covid-19: "(…) cuentan con establecimientos carcelarios preparados para atender tal patología y que, eventualmente, podría disponerse a su respecto la prisión domiciliaria" (sentencia del 8 de marzo de 2021, página 17).
Sobre el pedido de indagatoria en el país: "la pretensión del Estado extranjero '(…) no resulta ser una mera y formal declaración, sino que constituye un concreto requerimiento a los efectos de que efectivamente sea sometido a proceso y juzgado en esa jurisdicción'" (sentencia del 8 de marzo de 2021, página 16), por lo que el agravio fue considerado infundado.
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Normas que cita
- Ley 24.767arts. 30, 27, 78 · Materia penal
- Ley 25.304art. 13.2.a · Tratados
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