Recurso Queja Nº 2 - ZUÑIGA QUINCHO, CELIA ELIZABETH c/ EN-M INTERIOR OP Y V-DNM s/RECURSO DIRECTO DNM
La Corte Suprema hizo lugar a la queja y declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por la ciudadana extranjera contra la decisión que confirmó su expulsión del país por una condena penal. Dejó sin efecto la sentencia apelada por haber cambiado el marco normativo tras el decreto 138/2021, que restituyó la redacción previa de la ley 25.871 y ordenó dictar un nuevo fallo.
Actor (parte recurrente): Celia Elizabeth Zuñiga Quincho, patrocinada por el Dr. César Augusto Balaguer (Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional – Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda – Dirección Nacional de Migraciones (DNM).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
impugnación de la disposición SDX 29715/19 (confirmada por SDX 153198/19), que declaró irregular la permanencia de la actora, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso con carácter permanente, por encuadrar en el art. 62 inc. c) de la ley 25.871 (texto según decreto 70/2017), al haber sido condenada a cuatro años de prisión por asociación ilícita en concurso real con introducción y puesta en circulación de moneda extranjera falsa.
¿Qué se resolvió?
la Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de la Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, con costas, ordenando dictar un nuevo fallo conforme a lo resuelto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"[E]l decreto 138/2021 varió sustancialmente el encuadramiento normativo bajo el cual debe examinarse la situación de la parte actora." El decreto 138/21 derogó el decreto 70/17 y restituyó "la vigencia de las normas modificadas, sustituidas o derogadas por el Decreto N° 70/17 del 27 de enero de 2017, en su redacción previa" (art. 2°).
"[E]l acto de expulsión se sustentó en una causal de cancelación de la residencia que fue modificada por el artículo 6° del decreto 70/17, y en los términos de esa norma resolvió el caso la cámara de apelaciones." La Corte recordó el texto anterior del art. 62 de la ley 25.871, que exigía condena por delito doloso con pena mayor de cinco años o conducta reiterante, con un plazo de dos años tras cumplida la condena antes de la resolución definitiva de cancelación.
"[L]a situación planteada en autos resulta sustancialmente análoga a la decidida por esta Corte en la causa 'Pfannshmidt Morales' (Fallos: 345:1079), a la que se remite en razón de brevedad."
"En consecuencia, se torna innecesario el tratamiento de las demás cuestiones planteadas en el remedio federal." (Quedaron sin tratar los planteos de inconstitucionalidad del art. 6° del decreto 70/17, el test de razonabilidad, la reunificación familiar y la falta de intervención del Defensor Oficial.)
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Normas que cita
- Ley 25.871art. 62 inc. c · Migraciones
- Decreto 70/2017art. 6
- Decreto 138/2021art. 2
- CParts. 12, 19, 29 inc. 3, 45, 55, 210 párr. 1, 282, 285 · Codigo penal
- Ley 48art. 14 inc. 3 · Justicia nacional
- Constitución Nacional
Fallos que cita
- Pfannschmidt MoralesCSJN · Fallos 345:1079
- Fallos 345:1079CSJN
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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