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Corte Suprema

FERNANDEZ JUAN DOMICIANO c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los actores reclamaron el reconocimiento de diferencias salariales del personal militar y civil de las Fuerzas Armadas correspondientes a octubre, noviembre y diciembre de 1985, en el marco del decreto 1897/85 y la resolución M.D. 500/85. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios, revocó las sentencias apeladas y remitió la causa para un nuevo pronunciamiento ajustado a los precedentes Martínez, Miguel y Petitto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 074364/2011/CS001
Personal militar Personal civil de las fuerzas armadas Diferencias salariales Decreto 1897/85 Resolucion m.d. 500/85 Recurso extraordinario Revocacion Precedente martinez Haberes 1985 Estado nacional

¿Quién es el actor?

Juan Domiciano Fernández, Orlando Arturo Pérez y Mario Julio Benítez.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional, Ministerio de Defensa.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reconocimiento de las diferencias habidas durante octubre, noviembre y diciembre de 1985, de conformidad con el decreto 1897/85 y la resolución M.D. 500/85.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios, revocó las sentencias apeladas y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento conforme a los precedentes citados, con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones traídas a conocimiento de este Tribunal resultan sustancialmente análogas a las debatidas y resueltas en el precedente 'Martínez' (Fallos: 312:787) y en las causas CSJ 1336/2006 (42-M)/CS1 'Miguel, Alfredo Remigio c/ Estado Nacional (Ministerio de Defensa) s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.' y CSJ 75/2014 (50-P)/CS1 'Petitto, Alberto Pablo y otros c/ EN – M° Defensa –Ejército- dto. 1897/85 s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.', sentencias del 5 de mayo de 2009 y 7 de julio de 2015, respectivamente, por lo que corresponde el reconocimiento de las diferencias habidas durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 1985, de conformidad con lo establecido en el decreto 1897/85 y resolución M.D. 500/85."

Normas que cita

  • Decreto 1897
  • Resolución 500

Fallos que cita

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