PIELES DEL SUR S.A. c/ A.F.I.P. - DIRECCION GRAL DE ADUANAS DIV. REG. CORDOBA s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS
La Corte Suprema, por mayoría, declaró admisible el recurso extraordinario de la AFIP-DGA y revocó la sentencia que había condonado, por aplicación de la ley 27.260, las multas aplicadas a Pieles del Sur S.A. por contrabando menor (art. 947 del Código Aduanero). El tribunal sostuvo que la infracción no constituye un mero incumplimiento formal, sino que afecta el control aduanero sobre el tráfico internacional de mercaderías.
¿Quién es el actor?
Pieles del Sur S.A.
¿A quién se demanda?
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) – Dirección General de Aduanas, División Regional Córdoba.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de multas de $73.007,19 y $36.503,19 aplicadas por infracción prevista en el art. 947 del Código Aduanero (contrabando menor), con pretensión de condonación en los términos de la ley 27.260.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba había declarado condonadas las multas por aplicación del art. 56 de la ley 27.260. La Corte Suprema, por mayoría, revocó esa sentencia y devolvió los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...la conducta sancionada no constituye un mero incumplimiento de una obligación formal, en tanto el art. 947 del Código Aduanero protege el adecuado control aduanero sobre la introducción, extracción y circulación de mercaderías, el que, por cuestiones de política legislativa, difiere del delito de contrabando doloso por el valor en plaza de la mercadería en infracción, elemento que juega para moderar la sanción a aplicarse y permite otorgarle al ilícito el tratamiento de una infracción aduanera."
"...esta Corte ha afirmado que es función primordial del organismo aduanero 'ejercer el control sobre el tráfico internacional de mercaderías' (Fallos: 321:1614 y 322:355)."
Se aplica la doctrina de los precedentes "Chehadi" (Fallos: 345:849) y "Rossi, Osvaldo Enrique c/ DGA" (sentencia del 30 de agosto de 2022), por remisión.
¿Cómo votaron los jueces?
el juez Rosenkrantz remitió a sus disidencias en los expedientes citados, sin desarrollar fundamentos propios en esta sentencia.
Dictamen de la Procuradora Fiscal: coincidió en la admisibilidad formal del recurso, limitada al alcance e interpretación de las leyes 22.415 y 27.260, y propició revocar la sentencia apelada.
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Normas que cita
- Ley 22.415art. 947 · Codigo aduanero
- Ley 27.260art. 56 · Reparacion historica para jubilados y pensionados
- Resolución 4.007-E/17arts. 5, 6, 7
Fallos que cita
- ChehadiCSJN · 30/08/2022 · Fallos 345:849
- Rossi, Osvaldo Enrique c/ DGACSJN · 30/08/2022
- Fallos 321:1614CSJN
- Fallos 322:355CSJN
- Fallos 319:288CSJN
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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