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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - GUAN, QIUJUAN c/ DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

La Dirección Nacional de Migraciones interpuso recurso extraordinario contra la sentencia de la Cámara Federal de La Plata en una acción contencioso administrativa iniciada por una ciudadana extranjera. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso y revocó la sentencia apelada, remitiendo a los fundamentos del precedente Eneque de la Cruz por su sustancial analogía.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FLP 052761/2018/1/RH001
Recurso extraordinario Queja Direccion nacional de migraciones Extranjeros Contencioso administrativo Precedente eneque de la cruz Revocacion Sustancial analogia Migraciones Corte suprema

¿Quién es el actor?

Guan, Qiujuan.

¿A quién se demanda?

Dirección Nacional de Migraciones.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción contencioso administrativa (con varios reclamos accesorios) vinculada a la actuación de la Dirección Nacional de Migraciones respecto de la actora, ciudadana extranjera.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, la Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia de la Cámara Federal de La Plata, ordenando que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto. Costas por su orden en los términos del fallo ("con costas"). El Dr. Rosenkrantz votó en disidencia, desestimando la presentación directa por considerar que el recurso extraordinario no rebatía todos los fundamentos del fallo apelado, e intimando al recurrente al depósito del art. 286 del CPCCN, diferido conforme a la Acordada 47/91.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en el sub examine guardan sustancial analogía con las examinadas y resueltas por esta Corte en la causa 'Eneque de la Cruz' (Fallos: 347:745), a cuyas consideraciones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, no rebate todos y cada uno de los fundamentos del fallo apelado. Por ello, se desestima la presentación directa."

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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