JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - BRUZZO, JOSE RAUL c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La Corte Suprema de Justicia de la Nación admitió los recursos extraordinarios interpuestos por la aseguradora demandada en varios juicios por accidente de trabajo y enfermedades profesionales, y dejó sin efecto las sentencias apeladas. El tribunal remitió a su precedente Lacuadra para resolver la cuestión relativa a la aplicación del CER más intereses en la determinación del crédito del actor.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 045048/2018/1/RH001
Recurso extraordinario Accidente de trabajo Ley especial Aseguradora de riesgos del trabajo Actualizacion monetaria Cer Intereses Credito indemnizatorio Precedente lacuadra Costas por su orden

¿Quién es el actor?

José Raúl Bruzzo y otros trabajadores (Monzón, Passarella, Argañaraz, Agüero, Antivero, Hormaza, Di Sciascio y Trincado, según la carátula de las causas acumuladas).

¿A quién se demanda?

Galeno ART S.A., Experta ART S.A. y, en algunas causas, otros codemandados (Galeno Argentina S.A., Fravega S.A.C.E.I., Mazzini Lilia Cristina y otros).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnizaciones derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, con cuestionamientos sobre la forma de actualización del crédito (aplicación del CER más intereses).

¿Qué se resolvió?

se declararon admisibles las quejas, procedentes los recursos extraordinarios y se dejaron sin efecto las sentencias apeladas, con el alcance indicado. Las costas se impusieron por su orden en atención a la índole de la cuestión planteada, y los autos se devolvieron a los tribunales de origen para que se dicten nuevos pronunciamientos conforme a lo resuelto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

los cuestionamientos de las apelantes vinculados con la aplicación del CER más intereses para determinar el crédito del actor encuentran adecuada respuesta en el precedente "Lacuadra" (Fallos: 347:947), a cuyos fundamentos y conclusiones la Corte remitió en razón de brevedad. No se transcriben argumentos adicionales en el pronunciamiento.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.