MATTERA BIANCA ANTONELLA C/ PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La actora, empleada de Atento Argentina S.A., reclamó a la aseguradora de riesgos del trabajo por hipoacusia bilateral y disfonía funcional de origen laboral. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad del art. 6 apartados 1 y 2 de la Ley 24.557 y del DNU 669/2019, y condenó a pagar $21.099.100,00 con actualización del ingreso base según RIPTE.
¿Quién es el actor?
Bianca Antonella Mattera, ex trabajadora de Atento Argentina S.A., vendedora B con ventas telefónicas para el "plan rombo" de Renault.
¿A quién se demanda?
Productores de Frutas Argentinas Cooperativa de Seguros Limitada, aseguradora de riesgos del trabajo de la empleadora.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por enfermedades laborales (hipoacusia bilateral con incapacidad del 1,72 % y disfonía funcional con incapacidad del 15 % de la t.o.), con fecha de toma de conocimiento el 26/02/2020.
¿Qué se resolvió?
hacer lugar a la demanda y condenar a pagar la suma de $21.099.100,00 a la fecha de la sentencia, con intereses en caso de incumplimiento; declarar la inconstitucionalidad del art. 6 apartados 1 y 2 de la Ley 24.557 y del Decreto 669/2019; declarar aplicable la Ley 24.432; imponer costas a la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Lo que corresponde, por todo lo que he venido diciendo, es la desactivación del precepto, por lo que voto declarando la inconstitucionalidad del art. 6 ° apartados 1 y 2 de la Ley 24.557."
"Este Tribunal se ha pronunciado en reiteradas ocasiones en relación al Decreto 669/19 declarando su inconstitucionalidad como decreto de necesidad y urgencia dado que el mismo no cumple con los requisitos exigidos por el art. 99 inc. 3° de la Constitución Nacional a esos efectos."
"Así pues, a fin de corregir los efectos perniciosos de la inflación y garantizar el principio de indemnidad, y tomando en consideración los lineamientos sentados por el Superior Tribunal Provincial en los autos 'Barrios Héctor Francisco y otra contra Lascano Sandra Beatriz y otra s/ Daños y Perjuicios' (SCBA C. 124.096), siendo que la indemnización prevista en la LRT tiene como finalidad reparar la pérdida de ganancias futuras del trabajador por la incapacidad laborativa considero que el crédito actoral debe ser actualizado/repotenciado a fin de garantizar el cumplimiento de la función resarcitoria y de respetar la garantía de indemnidad del trabajador (art. 17 CN)."
"La sola existencia de un listado de enfermedades que no responda a la condición de ser 'meramente enunciativo' viola las reglas de la lógica."
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 24.432Honorarios profesionales
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