JurisprudenciaARG
Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ABREGU SILVIA KARINA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió juicio de apremio contra Silvia Karina Abregú por deuda fiscal de pesos novecientos sesenta mil ochocientos seis con cuarenta centavos, en base a los títulos ejecutivos 1515046 y 1515049. El Tribunal, ante la falta de excepciones legítimas en término, mandó llevar adelante la ejecución con más intereses, gastos y costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 - MAR DEL PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
P-35731
Apremio fiscal Ejecucion fiscal Llevar adelante la ejecucion Falta de excepciones Preclusion Codigo fiscal Intereses Titulo ejecutivo Costas Provincia de buenos aires

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

ABREGU, SILVIA KARINA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de capital de pesos novecientos sesenta mil ochocientos seis con cuarenta centavos ($960.806,40), conforme títulos ejecutivos Nros. 1515046 y 1515049, con más intereses previstos por el Código Fiscal (arts. 96, 104 y ccdtes. Ley 10.397, t.o. 2011), gastos y costas de la ejecución.

¿Qué se resolvió?

Se mandó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago del capital reclamado, con intereses, gastos y costas (art. 556 CPCC). Se difirió la regulación de honorarios para la oportunidad del art. 51 de la Ley 14.967. Se tuvo por constituido el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, se le da por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 155 y ccs. del CPCC)."

"Por ello, conforme lo peticionado y lo dispuesto por el art. 540 in fine del CPCC., FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada ABREGU, SILVIA KARINA ... haga al acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado por el ejecutante..."

"Se deja constancia que la diligencia de intimación de pago se ha efectuado en el domicilio de la calle ALBERTI N° 1637 Piso: 5° Depto.: J de la ciudad de Mar del Plata (art. 14 Ac. 2514/92)."

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.