FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ INMOBILIARIA URBE SOCIEDAD ANONIMA S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió una ejecución fiscal por apremio contra Inmobiliaria Urbe S.A. por un capital de $915.628,40. Ante la falta de excepciones legítimas en término, el Tribunal mandó llevar adelante la ejecución con intereses y costas a cargo de la vencida.
¿Quién es el actor?
FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
¿A quién se demanda?
INMOBILIARIA URBE SOCIEDAD ANONIMA.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro de capital reclamado en PESOS NOVECIENTOS QUINCE MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO CON 40/100 ($ 915.628,40), por la vía de apremio provincial.
¿Qué se resolvió?
"No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 7, 10, 25 y concs. de la ley 13.406; 116 y 155 del CPCC)". Se resolvió "mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte demandada, INMOBILIARIA URBE S.A.; haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado en PESOS NOVECIENTOS QUINCE MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO CON 40/100, ($ 915.628,40)". Los intereses se aplicarán conforme al artículo 104 del Código Fiscal (texto según resolución M.E. nº 39/2.011) desde la interposición de la demanda hasta el pago efectivo. Las costas se imponen a la vencida, y la regulación de honorarios se difiere para su oportunidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 7, 10, 25 y concs. de la ley 13.406; 116 y 155 del CPCC)."
"Se deja constancia asimismo que la parte ejecutada en el presente proceso de apremio fue intimada de pago en el domicilio oportunamente denunciado, según consta en el respectivo mandamiento de intimación de pago y embargo agregado en autos."
"Por ello, conforme a lo peticionado y en virtud de lo prescripto por los artículos 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406 y los artículos 540, 549, ss. y concs. del C.P.C.C."
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Leyes que cita
- Ley 13.406 de Buenos AiresProcedimiento de apremio para el cobro judicial de creditos fiscales por tributos, sus accesorios y sus multas de la…
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