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Primera Instancia

MUNICIPALIDAD DE LOMAS DE ZAMORA C/ D ANGELO GABRIEL JORGE S/ APREMIO

La Municipalidad de Lomas de Zamora promovió juicio de apremio contra Gabriel Jorge D'Angelo para el cobro de una deuda por tasas municipales. El Tribunal mandó llevar adelante la ejecución por la suma de $160.172,14, con intereses desde la mora y costas a la ejecutada, por no haber opuesto excepciones dentro del plazo legal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 8 - LOMAS DE ZAMORA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
102648
Apremio Ejecucion de tasas municipales Certificado de deuda Llevar adelante la ejecucion Excepciones no opuestas Preclusion Intereses moratorios Costas Municipalidad de lomas de zamora Decreto ley 5963/63

¿Quién es el actor?

Municipalidad de Lomas de Zamora.

¿A quién se demanda?

Gabriel Jorge D'Angelo.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro ejecutivo de la suma de $160.172,14, conforme certificado de deuda de fecha 06/09/2024, más intereses desde la mora del deudor según los arts. 101 y 103 del Decreto Ley 5963/63.

¿Qué se resolvió?

se manda llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago, con más intereses hasta el efectivo pago y costas a la ejecutada (arts. 68 y 556 del C.P.C.). Se posterga la regulación de honorarios para la oportunidad en que haya liquidación aprobada (arts. 23 y 54 de la Ley 14.967). Se tiene por constituido el domicilio de la demandada en los estrados del juzgado (art. 41 del C.P.C.).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Atento el resultado del mandamiento que se le diligenciara al accionado en su domicilio de la calle Campos Luis Maria Gral. 1046 de la localidad de Banfield, Partido de Lomas de Zamora (ver 30/09/2026) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (Arts. 155 y 166 del C.P.C.)."

"POR ELLO: Atento lo solicitado y lo dispuesto por los Arts. 540, 548 y 549 del C.P.C."

"A dicho importe se le adicionará un interés que se calculará desde la fecha de la mora del deudor de acuerdo a las tasa que contemplen las disposiciones legales referidas en la demanda y/o en el título base de la ejecución sobre los intereses antes mencionados."

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