GIL ELSA ISABEL C/ CARRIZO MIRTA NATIVIDAD S/ COBRO EJECUTIVO
Se promovió proceso de cobro ejecutivo por el monto de $420.000, con más intereses desde la mora, contra la demandada, quien no opuso excepciones en el plazo legal. El Tribunal mandó llevar adelante la ejecución, ordenó la liquidación de intereses conforme la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires e impuso las costas a la ejecutada.
¿Quién es el actor?
ELSA ISABEL GIL.
¿A quién se demanda?
MIRTA NATIVIDAD CARRIZO.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro ejecutivo de la suma de $420.000, con más los intereses que se devenguen desde la mora del deudor (01/01/2025, 01/02/2025 y 01/03/2025, fecha de presentación al cobro), conforme art. 37 del Dec. Ley 5.965/63.
Resolución: el Tribunal, atento el resultado negativo del mandamiento diligenciado en el domicilio de la ejecutada (Maestra C. Rodriguez 77, Lomas de Zamora) y no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal, dio por perdido el derecho que la demandada dejó de usar (arts. 155 y 166 del C.P.C.), y mandó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro al acreedor.
Liquidación: intereses calculados sobre la base de la tasa activa para restantes operaciones en pesos del Banco de la Provincia de Buenos Aires, en operaciones de descuento a treinta días, conforme parámetros publicados por la SCBA (arts. 768 y 771 del Cód. Civil y Comercial de la Nación).
Costas: a cargo de la demandada (arts. 68 y 556 del C.P.C.). La regulación de honorarios se posterga hasta fijar el monto por el cual prospere la ejecución (arts. 23 y 54 de la Ley 8.904). Se tiene por constituido el domicilio de la demandada en los estrados del Juzgado (art. 41 del C.P.C.).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Atento el resultado del mandamiento que se le diligenciara a la accionada en su domicilio de la calle Maestra C. Rodriguez 77 de la Localidad y Partido de Lomas de Zamora, (ver mandamiento devuelto en fecha 07/05/2026) y no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 155 y 166 del C.P.C.)."
"POR ELLO: En virtud de lo solicitado y dispuesto por los arts. 540, 548 y 549 del C.P.C.-"
"FALLO: Esta causa de trance y remate mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado MIRTA NATIVIDAD CARRIZO, haga al acreedor GIL ELSA ISABEL íntegro pago de la suma de $420.000.- (pesos cuatrocientos veinte mil.-), con más los intereses que se devenguen desde la mora del deudor..."
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