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Primera Instancia

GUTIERREZ JORGE CONSTANCIO S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se declaró la herencia de Jorge Constancio Gutiérrez a favor de sus cuatro hijos (Juan Martín, Juan Pablo, María Alejandra y María Gabriela Gutiérrez) y de su cónyuge supérstite, Ana María Macías, quien hereda también los bienes propios sin perjuicio de sus derechos sobre los gananciales. El Tribunal hizo lugar al pedido de declaratoria de herederos, tras acreditarse el fallecimiento, el vínculo matrimonial, la filiación y la publicación de edictos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 3 - JUNIN
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
JU-8737-2026
Sucesion ab intestato Declaratoria de herederos Conyuge superstite Bienes gananciales Bienes propios Filiacion Publicacion de edictos Ministerio fiscal Vocacion hereditaria Codigo civil y comercial.

¿Quién es el actor?

DESCONOCIDO (el trámite se inició por presentación de los herederos en la sucesión ab intestato).

¿A quién se demanda?

DESCONOCIDO (se trata de un proceso sucesorio sin contradictor, con intervención del Ministerio Fiscal).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaratoria de herederos de JORGE CONSTANCIO GUTIÉRREZ, fallecido el 30/12/2023.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal declaró, sin perjuicio de terceros, que le suceden en carácter de herederos sus hijos Juan Martín Gutiérrez, Juan Pablo Gutiérrez, María Alejandra Gutiérrez y María Gabriela Gutiérrez, y su cónyuge supérstite Ana María Macías, a quien también se le declara heredera en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales. Se dispuso el cese de la intervención del Ministerio Fiscal y la notificación automática conforme las Acordadas 3991, 4013 y 4039 de la SCBA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que con la documentación allegada con el escrito inicial de fecha 18/8/2026 y el certificado de defunción allí acompañado se acredita el fallecimiento de JORGE CONSTANCIO GUTIERREZ ocurrido el día 30/12/2023."

"Que el causante había contraído matrimonio con ANA MARIA MACIAS en fecha 8/1/1973."

"Que de esa unión nacieron Maria Alejandra Gutierrez (04/07/1974), Maria Gabriela Gutierrez (16/12/1976), Juan Pablo Gutierrez (23/11/1983) y Juan Martin Gutierrez (04/04/1986)."

"Que con los diarios y recibos agregados los días 25, 28/8/2026 y 28/9/2026 consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC."

"Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts. 7, 2.337, 2.340, 2424, 2426, y 2433 del CCyCN y arts. 735, 737 del CPCC se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros..."

Leyes que cita

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