MASSIMINI JUAN Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se tramita la declaratoria de herederos de María Palucci y Juan Massimini, cónyuges fallecidos en 1977 y 1980 respectivamente, cuya única hija, Silvia Massimini, promovió el sucesorio. El Tribunal declara que por el fallecimiento de María Palucci suceden en carácter de universales herederos su hija Silvia Massimini y su cónyuge Juan Massimini, y por el fallecimiento de Juan Massimini, su hija Silvia Massimini.
¿Quién es el actor?
Silvia Massimini, por intermedio de su patrocinante, Dra. Sammarco.
¿A quién se demanda?
No corresponde en este tipo de proceso. Se trata de un proceso sucesorio ab intestato (MO-27808-2026, "Massimini Juan y otro/a s/ Sucesión ab-intestato") sin contienda entre partes.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaratoria de herederos de María Palucci (fallecida el 09/04/1977) y de Juan Massimini (fallecido el 23/06/1980).
¿Qué se resolvió?
Se declara, sin perjuicio de terceros, que por el fallecimiento de María Palucci suceden como universales herederos su hija Silvia Massimini y su cónyuge Juan Massimini, a quien también se le declara heredero respecto de los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que le corresponden sobre los gananciales. Por el fallecimiento de Juan Massimini, sucede como universal heredera su hija Silvia Massimini.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Asimismo, en atención a lo dispuesto por el art.7 del Código Civil y Comercial de la Nación (sancionado por Ley 26994), toda vez que el derecho sucesorio del heredero 'ab intestato' se rige por la ley vigente al momento de la defunción de los 'de cujus', ha de dictarse la declaratoria de herederos conforme lo normado por el Código Civil de la Nación, atento la fecha de fallecimiento de los causantes de autos."
"Que con el certificado acompañado el 13/7/2026, se acredita el fallecimiento de MARÍA PALUCCI ocurrido el día 09/04/1977." y "Que con el certificado acompañado el 13/7/2026 se acredita el fallecimiento de JUAN MASSIMINI ocurrido el día 23/06/1980."
"Que los causantes contrajeron matrimonio el día 25/06/1933. Que de esa unión nació su hija: SILVIA MASSIMINI el día 03/08/1935."
Se constató la publicación de edictos del art. 2340 CCCN con resultado negativo informado verbalmente por el Actuario (art. 116 CPCC).
Fundamento normativo citado: arts. 3410, 3545, 3565 y 3570 del Código Civil, y 735 y 737 del CPCC.
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Leyes que cita
- Ley 340Codigo civil
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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