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Corte Suprema

CHIMENTO CARLOS MARIA Y OTROS c/ INST.NAC.DE SERV. SOC. PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA

La Corte Suprema declaró formalmente procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por la demandada en el marco de una acción meramente declarativa promovida por jubilados contra el INSSJyP. Confirmó las sentencias apeladas, remitiendo por razones de brevedad a los fundamentos de la causa Cirigliano del 2 de julio de 2024.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 014201/2015/CS001
Recurso extraordinario Accion meramente declarativa Inssjyp Jubilados y pensionados Obras sociales Remision a precedente Confirmacion de sentencia Costas por su orden Art. 68 cpccn Corte suprema.

¿Quién es el actor?

Carlos María Chimento y otros (jubilados y pensionados).

¿A quién se demanda?

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJyP).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción meramente declarativa y cobro de pesos vinculados a las prestaciones del INSSJyP en el marco de las causas acumuladas (Chimento, Natarelli, Ronza y Bueno).

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró formalmente procedentes los recursos extraordinarios de la demandada y confirmó las sentencias apeladas "con el alcance indicado". Las costas se impusieron por su orden en razón de la índole de las cuestiones debatidas (art. 68 CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas por la demandada encuentran adecuada respuesta en las debatidas y resueltas por esta Corte en la causa CSS 78395/2014/1/RH1 'Cirigliano, Mariano Christian y otros c/ Inst. Nac. de Servicios Soc. para Jub. y Pensionados s/ acción meramente declarativa', con fecha 2 de julio de 2024, a la que corresponde remitir por razones de brevedad." La decisión se fundó, en consecuencia, por remisión al precedente Cirigliano, sin desarrollo argumental autónomo en esta sentencia.

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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