Recurso Queja Nº 1 - ANDINO, SALOME c/ EMPRESA UNIDAD DE GESTION OPERATIVA MITRE SARMIENTO SA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
Andino, Salomé demandó por daños y perjuicios a Empresa Unidad de Gestión Operativa Mitre Sarmiento S.A. y otros, reclamo que dio origen a recursos extraordinarios interpuestos por SOFSE y el Estado Nacional. La Corte Suprema hizo lugar a las quejas, dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo fallo aplicando el límite del art. 242 del CPCCN de $50.000 vigente a la fecha de la demanda.
¿Quién es el actor?
Salomé Andino.
¿A quién se demanda?
Empresa Unidad de Gestión Operativa Mitre Sarmiento S.A., Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (SOFSE) y el Estado Nacional.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo indemnizatorio por daños y perjuicios (expediente CIV 49819/2014, demanda deducida en 2014).
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto el pronunciamiento apelado y devolvió los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo. La decisión se fundó en que la cuestión es sustancialmente análoga a la resuelta en las causas "Vitale" (Fallos: 339:368), "Bortolotti" (16/4/2019) y "Soto" (3/8/2023), y en que, por la fecha de inicio de la demanda, correspondía aplicar el monto de $50.000 previsto en el art. 242 del CPCCN (Acordada CSJN 16/2014), por su eficacia temporal inmediata y lo dispuesto en el cuarto párrafo de ese artículo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En ese sentido, es preciso destacar que en el caso, en el que se reclama una indemnización por daños y perjuicios, la demanda se dedujo en el año 2014, y el monto que regía la limitación establecida por el art. 242 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, era de $ 50.000 (acordada CSJN 16/2014), dada su eficacia temporal inmediata y lo que expresamente prescribe el cuarto párrafo del citado artículo."
"Que los agravios de los recurrentes remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en las causas 'Vitale' (Fallos: 339:368), CIV 11345/2011/1/RH1 'Bortolotti, Silvia María c/ Transporte Automotor Plaza S.A.C.I. s/ daños y perjuicios (acc. trán. c/ les. o muerte)', del 16 de abril de 2019 y CIV 24832/2015/2/RH1 'Soto, Gladis Karina c/ Transportes 1 de Septiembre S.A. y otro s/ daños y perjuicios (acc. trán. c/ les. o muerte)', del 3 de agosto de 2023."
No hay votos en disidencia registrados.
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Normas que cita
- Constitución Nacional
- Acordada 16/2014
- Acordada 47/91
- Ley 17.454
Fallos que cita
- VitaleCSJN · Fallos 339:368
- Bortolotti, Silvia María c/ Transporte Automotor Plaza S.A.C.I.CSJN · 16/04/2019
- Soto, Gladis Karina c/ Transportes 1 de Septiembre S.A. y otroCSJN · 03/08/2023
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